Tips
Recordá que la primera vez que ingreses a Trámites a Distancia tenés que validar tus datos. Ingresá a tu nombre, confirmá y cerrá sesión.
Si representás a una Persona Jurídica recordá cerrar sesión y volver a ingresar en representación de ella para validar los suyos.
Recordá que las zonas ‘.gob.ar’, ‘.int.ar’, ‘.mil.ar’, u ‘.org.ar’, sólo pueden ser registradas por Personas Jurídicas. Por ello, al iniciar sesión en Trámites a Distancia, desde el menú desplegable de Selección de titular tenés que elegir el organismo u organización para el/la que vas a realizar el trámite.
Al realizar el Trámite de Habilitación de Zonas Especiales, recordá que tenés que seleccionar la zona que querés solicitar: ‘.gob.ar’, ‘.org.ar’, ‘.int.ar’, ‘.mil.ar’, ‘.musica.ar’ o ‘.tur.ar’. Para más info ingresá a nuestro instructivo.
Las zonas ‘.gob.ar’, ‘.org.ar’, ‘.int.ar’ o ‘.mil.ar’ sólo se otorgan a Personas Jurídicas.
Para realizar trámites en Trámites a Distancia en representación de una empresa u organización recordá que tenés que seleccionar operar en su nombre.
Si querés solicitar un nombre de dominio ‘.gob.ar’, ‘.mil.ar’ o ‘.int.ar’ tené en cuenta que el mismo debe guardar relación con el nombre del organismo que lo registra.